Registrada bajo el N° 698/93.-

  • 06/02/1993

General Juan Madariaga, 17 de enero de 1994.- VISTO: El Expediente del D.E. n° 751/93 Interno n° 2184 sobre modificación del Convenio COEMA LTDA - MUNICIPIO, referente al Cobro de Alumbrado, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 14 de enero de 1994; Que es conveniente incorporar al cobro de COEMA el alumbrado público que grava inmuebles ocupados y con medidor registrado a nombre del propietario y/o ocupantes y/o inquilinos y/o poseedores a título de dueños, como así también los terrenos baldíos cuyos propietarios tengan medidor en otro predio; Que la modificación del cuadro tarifario del alumbrado público motiva la necesidad de adaptar el convenio vigente; Que finalmente a los fines operativos se considera conveniente adecuar los plazos de liquidación de COEMA a la Municipalidad sobre cobro de tasas; Que a tal fin, debe autorizarse al D.E. a modificar los aspectos señalados en el convenio aprobado por Ordenanza n§ 575/92; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a suscribir con COEMA LTDA. un nuevo convenio referido al cobro de la Tasa por Alumbrado Público modificando los artículos 1, 2, 9 y 11 del actual convenio aprobado por Ordenanza n° 575/92, que quedarán redactados conforme al texto que obra a fojas 15 del Expte. n° 751/93, Interno 2184.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-