REGISTRADO BAJO EL N° 764/95

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 7 de julio de 1995 VISTO: El Expte. del D.E. n° 197/95 Interno 2526 sobre listado de comercios que se encuentran funcionando sin habilitación, por no encontrarse encuadrados en las normas previstas en la Ordenanza n§ 248/87 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría en la Sesión del día 7 de julio del cte. año; Que este Honorable Cuerpo a través de la aludida Comisión, conjuntamente con las reas competentes del D.E. se encuentra estudiando la actualización de dicha norma; Que los casos puestos a consideración han sido analizadas en el marco de las pautas acordadas para el proyecto de actualización; Que la evaluación realizada en relación a los rubros que se solicita habilitar resulta positiva en cuanto a que los usos no colisionan con el carácter de las zonas, no resultando molestos para terceros y compatibles con el proyecto en estudio; Que hasta tanto se sancione la Ordenanza de actualización de la zonificación según usos, resulta necesario dar solución a los casos planteados; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona en uso de sus facultades con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a otorgar habilitación en rubros comerciales en los casos que a continuación se detalla: BRANDARIZ, domiciliado en Rivadavia n° 1600.- ZANINI, domiciliado en Tuyu y Alberti.- FERNANDEZ, domiciliado en Avda. Buenos Aires e/103 y 107.- CARDOZO, domiciliado en Colon y Saavedra.- URRUTIA, domiciliado en Mitre y Guemes.- CAÑADA, domiciliado en Belgrano e/ San Martín y Dr. Carlos Madariaga.- BASABE, domiciliado en 11 de setiembre s/ numero.- ARTICULO 2°.- A los efectos del otorgamiento de las habilitaciones comerciales en los casos previstos en el Articulo anterior, deber contarse con un informe previo de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas, registrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-