Registrada bajo el n° 767/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 10 de agosto de 1995 VISTO: Que por Expte. del D.E. n° 413/95 Interno 2570, La Escuela Especial n° 501 interpuso una solicitud para la creación de un centro de estimulación y aprendizaje temprano en nuestra ciudad, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 1995; La necesidad de asistir precozmente a los niños que están o han estado expuestos a factores de riesgo Pre., Peri. o Postnatales; Que son múltiples los factores de riesgo Psicofísico social en grandes sectores de nuestra población; Que es deber indelegable del Estado preservar la formación de la niñez atendiendo aquellos factores que inciden en un normal desarrollo Psicofisico del niño; Por todo ello, el H. Cuerpo en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Municipal la creación de un Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprana en esta ciudad, por parte de la Dirección de Educación Especial dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de buenos Aires.- ARTICULO 2°: Creado el Centro, la Municipalidad le brindara un espacio físico para su funcionamiento en el ámbito del Hospital Municipal Ana Rosa S. de Martínez Guerrero.- ARTICULO 3°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-