Ordenanza n° 769/95.-

  • 10/08/1995

DEROGADA POR ART. 24° ORD. 801/95 General Juan Madariaga, 10 de agosto de 1995 VISTO: Que por Expte. del D.E. n° 495/95 Interno 2588, se elevaron Proyectos de Ordenanzas derivadas de la emergencia economía y adecuando el Presupuesto de Gastos del corriente año a las disposiciones de la Ley 11.582.-, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria del día 10 de agosto de 1995; Que analizados los Decretos sobrantes de fojas 1 a 5 del Expte. arriba mencionado y por las razones ampliamente explicitadas en dichas actuaciones, corresponde ratificarlos en su totalidad; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratificase el Decreto dictado por el D.E. con fecha 31 de julio de 1995 en toda su extensión y alcance que corre glosado a fojas 1/2, en relación al Personal Municipal de Planta Permanente y transitoria.- ARTICULO 2°.- Ratificase el Decreto dictado por el D.E. con fecha 31 de julio de 1995 en toda su extensión y alcances que corre glosado a 4/5, en relación al Personal Superior de la Municipalidad.- ARTICULO 3°.- Ratificase los Decretos dictado por el D.E. con fecha 31 de julio de 1995 y 2 de agosto de 1995 en toda su extensión y alcances que corren glosados a fojas 3 y 3 bis, en relación al Personal sometido al r‚gimen de la Carrera Médico Hospitalaria Provincial Ley n° 10.471 con sus modificatorias ley 10.528 y ley 10.622.- ARTICULO 4°.- Establécese el congelamiento de las vacantes existentes a presente en los cargos Municipales de todos los niveles, y de los distintos regímenes.- ARTICULO 5°.- Autorizase al D.E. a adoptar todas las medidas necesarias y conducentes a los efectos de afrontar la situación de emergencia actual tendientes a obtener una reducción de los egresos tratándose de mantener la prestación de servicios en los niveles correspondientes.- ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E.., al Honorable Tribunal de Cuentas de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-