Registrada bajo el n° 780/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 21 de setiembre de 1995 VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 138/95 interno 2617, se elevo un proyecto de Ordenanza referente al Convenio suscripto con la Secretaria de Prevención y Asistencia de las Adicciones, programa “10.000 Lideres para el Cambio Formación de Formadores", y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del 21 de setiembre de 1995; Que dicho convenio se firmó Ad-Referendum de este Honorable Cuerpo en el mes de febrero de 1995; Que corresponde su aprobación, ya que es necesario ejecutar políticas, proyectos y acciones de Prevención de la salud, con Formación de lideres con animación comunitaria, acciones para las cuales este convenio de colaboración provee de recursos necesarios; Por todo ello, este Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Ratificase el Convenio de Colaboración suscripto por el Departamento Ejecutivo con fecha 23 de febrero de 1995, entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y la Secretaria de Prevención y Asistencia de las Adicciones de la Provincia de Buenos Aires, que obra como anexo de la presente Ordenanza.- ARTICULO 2°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-