Registrada bajo el n° 745/95.-

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 5 de diciembre de 1995.- VISTO: Que por Expediente del DE n° 920/94 interno 2483 se elevó Proyecto de Ordenanza sobre adquisición por el sistema de Circulo cerrado de dos Camiones Volcadores, y CONSIDERANDO: Que el despacho de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 4 de enero de 1995; Que el sistema implementado por el Gobierno Provincial es beneficioso para los Municipios; Que nuestra Comuna ya anteriormente se ha visto favorecida por este sistema, habiendo adquirido otros vehículos; Que se hace necesario reemplazar por nuevas unidades el actual parque automotor; Por ello, este H. Cuerpo en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°: Apruébase el convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo en adhesión al Sistema de Círculos de Compra, organizado por el Ministerio de Gobierno y Justicia y el Banco de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se implementa la adquisición de maquinarias y equipamientos.- ARTICULO 2°: La cuota que se pagara, será liquidada por el Banco de la Provincia en función del precio de los elementos adquiridos y conforme al anexo del convenio.- ARTICULO 3°: El Banco de la Provincia de Buenos Aires, será el encargado del pago a la empresa adjudicataria.- ARTICULO 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros en los términos del articulo 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, debiendo efectuar las pertinentes reservas en el momento que corresponda.- ARTICULO 5°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adjudicar a la Firma IGARRETA S.A., la provisión de dos camiones con caja metálica marca Ford F-l4.000, nuevos, sin uso, 0 km, ultima serie de fabricación, con motor de propulsión de ciclo Diesel marca M.W.M. MODELO 229/6, en el Marco del Programa HACIENDO-EQUIPAMIENTO PARA SERVICIOS URBANOS Y RURALES A MUNICIPIOS- instrumentado por el Decreto Provincial n° 1898/94.- ARTICULO 6°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-