REGISTRADA BAJO EL N° 750/95.

  • 06/02/1995

General Juan Madariaga, 26 de enero de 1995 VISTO: El Expte. del D.E. n° 450/91 Interno 2502 sobre Convenio Ley 10.867 y Articulo 2° y 4° del Decreto n° 488, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el 25 de enero de 1995; Que dicho convenio posibilitó la realización de las obras de cloacas en conjunto habitacional Pro-casa y el agua potable para el Barrio Kennedy; Que la ampliación del mismo posibilita la extensión de red de agua potable al Barrio Solidaridad; Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y el Ministerio de Economía, en carácter de ampliación del suscripto el 20 de Agosto de 1991 según el Art. 28 de la Ley 10.867 y Resolución 331/91.- ARTICULO 2°.- Aféctese el Convenio Ampliatorio para la realización de la obra "Agua potable para el Bario Solidaridad".- ARTICULO 3°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes a los fines de la presente Ordenanza.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-