Registrada bajo el N° 644/93.-

  • 06/02/1993

General Juan Madariaga, 16 de Abril de 1993.- VISTO: Que por Expte. Interno 2023, se presentó un proyecto de Ordenanza declarando de interés Municipal la construcción de la capilla "San Cayetano"; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 15 de abril de 1993; Que la propuesta de la Comisión Pro-Construcción de la Capilla San Cayetano, presidida por el Arquitecto Uranga merece el apoyo de la Comunidad católica toda; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Municipal la construcción de la Capilla “San Cayetano", sito en calle 6 y 37 del Barrio Quintanilla.- ARTICULO 2°.- Encuádrase en las Ordenanzas vigentes la desgravación de los Derechos de construcción, de la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación y demás imposiciones Municipales.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-