Registrada bajo el N° 649/93.-

  • 06/02/1993

General Juan Madariaga, 4 de junio de 1993.- VISTO: Que por Expte. n° 403/93 Interno 2082, se elevó un proyecto de ordenanza sobre prorroga del plazo para la obtención de los permisos de marcación; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día 3 de junio de 1993, el mismo fue aprobado por unanimidad; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Prorrogase por treinta días a partir del 1§ de junio de 1993, el plazo para la obtención de Permisos Municipales por control de Marcas y Señales determinado en el articulo 132, inc. k (reforma Decreto 57/90).- ARTICULO 2°.- La prórroga determinada en el articulo 1§ es de carácter general y excepcional.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-