Registrada bajo el N° 650/93.-

  • 06/02/1993

General Juan Madariaga, 3 de junio de 1993.- VISTO: Que por Expte. del D.E. n° 929/92 Interno 2071, se elevó un proyecto de ordenanza referente a la subdivisión de parcelas del Señor Lamarque; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 3 de junio de 1993; Que la situación planteada no está contemplada en la Ordenanza de zonificación, por lo que resulta necesario el dictado de una norma específica; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase la subdivisión en parcelas de 50 metros de frente y 2.000 m2 de superficie, con carácter complementario de la Zona de Equipamiento de Ruta Interbalnearia sobre la calle interna existente en intersección con la Avenida Víctor Hugo, frente a la parcela IV - 108 i.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-