Registrada bajo el N° 655/93.-

  • 06/02/1993

General Juan Madariaga, 2 de julio de 1993.- VISTO: Que por Expte. del D.E. n° 367/93 Interno 2091 se elevó un proyecto de Ordenanza autorizando a Comunicaciones Rurales a colocar sobre la Línea Municipal dos columnas de cemento; y CONSIDERANDO: Que analizado el informe producido por la Secretaría de Obras Publicas, la Comisión de Tierras, Obras y Servicios, compartió sus apreciaciones; Que el Despacho de la aludida Comisión fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 1 de julio de 1993; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al A.M. Comunicaciones Rurales a colocar sobre Línea Municipal, frente a la parcela de su propiedad; I-A-33-15, dos columnas de cemento, que forman parte del sistema de Radio Teléfono, bidireccional de transmisión de Mensajes y Repetidor Comunitario.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs. As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS UN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-