Registrada bajo el N° 597/92.-

  • 06/02/1992

General Juan Madariaga, 21 de agosto de 1992.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 552/92 Interno 1849, se elevó un Proyecto de Ordenanza referente a subsidio para refaccionar la Casa de la Cultura, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 20 de agosto de 1992; Que según el articulo 15 del convenio firmado ad-referendum por el Señor Intendente Municipal, el mismo debe ser ratificado por el H. Cuerpo; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratificase la firma del Convenio que como Anexo 1° forma parte integrante de la presente, suscripto por el Señor Intendente Municipal con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires para percibir un subsidio de hasta un máximo de $ 160.000 (PESOS CIENTO SESENTA MIL) destinado a la ejecución de obras de la Casa de la Cultura.- ARTICULO 2°.- El subsidio cuya finalidad será la apuntada en el Articulo 1° será desembolsado por la Provincia de acuerdo a las cláusulas del Convenio.- ARTICULO 3°.- El Departamento Ejecutivo preveerá las partidas necesarias para atender los compromisos emergentes del convenio y que no hubieran sido previstas en el mismo.- ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo se compromete a ejecutar las obras que comprende el programa ocupando la mayor cantidad de mano de obra desocupada, sin que ello implique un incremento de los costos programados.- ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-