Registrada bajo el N° 542/91.-

  • 07/02/1991

General Juan Madariaga, 24 de mayo de 1991.- VISTO: El Expte. del D.E. n° 1238/88 Interno 1486 se solicitó la modificación de la Ordenanza 514/90, sobre subdivisión del predio afectado a Procasa (I-B-40-2), y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 23 de mayo de 1991; Que en los aspectos referidos a la normativa para el conjunto habitacional hay que dejar claramente expresados aspectos concernientes sobre inclusión en dicho predio al área urbana, como así también en cuanto a densidad y cesiones de espacio público; Por ello, al Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Modificase la Ordenanza 514/90 que quedará redactada como sigue: ARTICULO 2°.- Designase como Distrito de Urbanización Especial U5, la fracción delimitada por las calles 4,23, 8 y 21 (nomenclatura catastral Circ. I - SecB - Qta. 40 - Parcela 2) que quedará incorporada al Area Urbana de General Madariaga.- ARTICULO 3°.- El Distrito de Urbanización Especial queda sujeto a las siguientes normas: a) Carácter Zona Especial para Conjunto Habitacional.- b) Uso: Residencial.- c) Indicadores: F.O.S.= 0,4 F.O.T.= 0,8-D. N. 150 Hab/ha.- d) Subdivisión: En parcelas de 12 mts de frente y 300 m2 de superficie.- e) Tipología edilicia: vivienda unifamiliar individual. Diseño de conjunto aprobado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.- f) Servicios Esenciales: provisión de energía eléctrica, y alumbrado público, calles mejoradas, desagües cloacales y provisión de agua potable.- ARTICULO 4°.- La subdivisión deberá cumplir con la cesión de espacio público según lo normado por el Decreto - Ley 8912.- ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-