Registrada bajo el N° 461/90.-

  • 19/04/1990

General Juan Madariaga, 19 de abril de 1990.- VISTO: Que por Expediente del Departamento Ejecutivo n° 164/90 (Interno 1221) se elevó un Proyecto de Ordenanza modificando el artículo 144 del Estatuto del Personal Municipal, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 18/4/90: Que se evaluó que correspondería modificar dicho artículo, hasta tanto se concluya el tratamiento y reforma del Estatuto del Personal Municipal, atento a las razones expuestas en el informe de Asesoría Legal que se comparte expresamente; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Modificase el Articulo 144 del Estatuto para el Personal de la Municipalidad de General Madariaga, sancionado por Ordenanza n° 441/89, el cual quedará redactado de la siguiente forma: "La presente Ordenanza deroga la Ordenanza General n° 207, sus modificatorias y toda otra norma que se oponga a las disposiciones sancionadas. Sin perjuicio de ello, dichas disposiciones se mantendrán en vigencia en aquellos temas que no se encuentren legislados en el presente Estatuto".- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As., regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-