Registrada bajo el N° 463/90.-

  • 07/02/1990

General Juan Madariaga, 11 de mayo de 1990.- VISTO: El Expediente del Departamento Ejecutivo n° 0321/90, Interno 1267, sobre aumento de sueldos al Personal Municipal del 35% con retroactividad al 1° de abril de 1990, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 10 de mayo de 1990; Que el proyecto elevado por el D.E. proponiendo un incremento salarial del 35% retroactivo al 1ø de abril, permite llegar al sueldo mínimo otorgado por el Gobierno Nacional; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Otorgase un incremento al Personal Municipal de Planta Permanente y Temporaria de un 35% (Treinta y cinco por ciento), en las Remuneraciones Básicas y Adicionales, con retroactividad al 1° de abril de 1990.- ARTICULO 2°.- Fijase con retroactividad al 1° de abril de 1990 en A 453.815,20 (AUSTRALES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON VEINTE CENTAVOS), el sueldo básico mínimo.- ARTICULO 3°.- Fijase con retroactividad al 1° de abril de 1990, el valor módulo en A 391,22 (AUSTRALES TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON VEINTIDOS CENTAVOS).- ARTICULO 4°.- Autorizase al D.E. a realizar las transferencias necesarias a las partidas de gastos en personal como consecuencia de la implementación de la presente, con economías de la Partida CREDITO ADICIONAL.- ARTICULO 5°.- Déjase establecido que el presente incremento será previsto en el Presupuesto 1990.- ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As., regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-