Registrada bajo el N° 376/89.-

  • 16/02/1989

General Juan Madariaga, 25 de enero de 1989.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 018/89 sobre incremento salarial; y CONSIDERANDO: Los términos del Acta obrante a fojas 4 y 5 del Libro de Reuniones de la Comisión de Hacienda y Presupuesto; Que en la Sesión Extraordinaria efectuada el día 25/1/89, fue aprobado por unanimidad, Que se contemple en la nota incluida la ratificación del monto definitivo de la bonificación el cual deber ser debidamente informado por la contaduría Municipal, y para cuya atención deber incluirse la partida correspondiente para el pago de la bonificación establecida; Que, con fecha 24/1/89 fue requerida al D.E. informe contable, que se recibe en el día de hoy; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Increméntase las remuneraciones Básicas del Personal Municipal de Planta Permanente y Temporaria en un 15% a partir del 1° de Enero de 1989.- ARTICULO 2°.- Fijase a partir del 1° de Enero de 1989 en A 1,6698 (UNO CON SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y OCHO DIEZ MILESIMOS), el valor del módulo conforme al cual se establecerán las Remuneraciones del Personal Municipal.- ARTICULO 3°.- Fíjanse del 1° de Enero de 1989 en A 1586,31 (AUSTRALES UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON TREINTA Y UN CENTAVOS), el sueldo Básico Mínimo para los agentes mayores de 18 años de la Administración Municipal.- ARTICULO 4°.- Otorgase una bonificación especial de A 350.- (AUSTRALES TRESCIENTOS CINCUENTA), a partir del 1° de enero de 1989, y hasta la fecha en que sea aprobado el Presupuesto 1989.- ARTICULO 5°.- Créase la Partida 1.1.1.3.5.11. BONIFICACION ESPECIAL en el Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo al siguiente detalle: FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL - ITEM I .........A 115.200 FINALIDAD I - CULTURA, EDUCACION Y TURISMO - ITEM II ..A 9.600 FINALIDAD II - HOSPITAL MUNICIPAL - ITEM I ............A 297.600 FINALIDAD II - BROMATOLOGIA - ITEM II .................A 12.000 FINALIDAD III - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS ..........A 175.000 FINALIDAD IV - INFRAESTRUCTURA VIAL ...................A 67.200 FINALIDAD V - BIENESTAR SOCIAL ........................A 57.600 TOTAL ........A 734.400 ARTICULO 6°.- La creación de Partidas precedentemente mencionada, se financiarán con la economías de las siguientes Partidas del Presupuesto de Gastos vigente: FINALIDAD II - HOSPITAL MUNICIPAL - ITEM II 1.1.2.4. DROGAS, PRODUCTOS QUIMICOS Y LABORATORIOS ...A 200.000 FINALIDAD III - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS 1.1.2.14.2. GASTOS PARA ATENCION DE SERVICIOS PUBLICOS .A 100.000 1.1.2.2. COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES ..................A 50.000 FINALIDAD IV - INFRAESTRUCTURA VIAL 1.1.2.3. CONSERVACIONES Y REPARACIONES ...............A 150.000 FINALIDAD V - BIENESTAR SOCIAL 2.5.2.3. CONSTRUCCION JARDINES DE INFANTES ...........A 34.400 TOTAL........................................A 734.400 ARTICULO 7°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-