Registrada bajo el N° 435/89.-

  • 16/02/1989

General Juan Madariaga, 4 de Diciembre de 1989.- VISTO: El Expte. 876/89 (Interno 1120) del D.E. Proyecto de Ordenanza sobre Bonificación Extraordinaria; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión especial del día 1 de diciembre de 1989; Que se busca compensar la merma que por partes previsionales habría de efectuar al personal en las liquidaciones de haberes del mes de noviembre; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Otorgase al Personal Municipal de Planta permanente y temporaria una bonificación de A 10.000 (AUSTRALES DIEZ MIL), por única vez para el mes de noviembre de 1989.- ARTICULO 2°.- Déjase establecido que para el personal de Planta Permanente, cuya relación se ha establecido por medio de un contrato de locación de servicio con jornadas de labor inferiores a las 30 horas de trabajo semanal, la citada bonificación será en forma proporcional con relación a dicho régimen semanal.- ARTICULO 3°.- La citada bonificación se imputará a la Partida 1.1.1.3.5.9. de la Finalidad que en cada caso corresponda, del Presupuesto de Gastos en vigencia.- ARTICULO 4°.- Autorizase al D.E. a realizar las transferencias necesarias a la Partida citada en el Art. 3°, con economías existentes en la Partida CREDITO ADICIONAL.- ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.- Graciela Nader Juan José Jauregui Secretaria H.C.D. Presidente H.C.D.