Registrada bajo el N° 439/89.-

  • 16/02/1989

General Juan Madariaga, 4 de Diciembre de 1989.- VISTO: El Expte. del D.E. n° 339/89 Interno 1000, referente a solicitud de espacio físico para el Centro Complementario n° 1; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión especial del día 1 de diciembre de 1989; Que por Comunicación obrante a fojas 39 se solicito al D.E. que requiera autorización del Ministerio de Acción Social de la Nación, para realizar un convenio con la Dirección General de Escuelas de la Pcia. de Buenos Aires, para afectar una de las viviendas del programa "Evitemos los niños en la calle" para el funcionamiento de un Centro Educativo Complementario; Que a fojas 41 dicho Ministerio expresa no tener inconveniente alguno para el funcionamiento de dicho centro, ya que el mismo concuerda con lo solicitado por la Municipalidad en el Proyecto; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a ceder en carácter de préstamo por el término de tres (3) años al Consejo Escolar - Dirección General de Escuelas - el uso de una de las viviendas afectadas al proyecto "Evitemos los Niños en la calle" del Ministerio de Salud y Acción Social para la instalación y funcionamiento del Centro Educativo Complementario n° 1 de esta Ciudad.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-