Registrada bajo el N° 305/88 - Creaciones de Cargos Municipales

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 22 de febrero de 1988.- VISTO: El Expte. n° 916/87 (Interno n° 648/88) elevado por el D.E. solicitando la creación de nuevos cargos en el ámbito municipal; y CONSIDERANDO: Que sometido a estudio de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, la misma produjo despacho que fue analizado en la Sesión Extraordinaria del día 19 de febrero de 1988, siendo aprobado por unanimidad; Que pese a las modificaciones introducidas al proyecto original por el D.E., estimose conveniente postergar la consideración del organigrama propuesto hasta el momento de dar tratamiento al Presupuesto de Gastos para el año 1988 que se encuentra en elaboración, limitándose la Comisión a sugerir la creación de la Dirección de Personal y las Subdirecciones de Prensa y Difusión y de la Escuela de Bellas Artes Divisadero, por los fundamentos expresados por el D.E. y de conformidad al informe contable obrante en el expediente, el H.C.D. en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Créase el cargo de Director de Personal de la Municipalidad (FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL) en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.- ARTICULO 2°.- Créase el cargo de Subdirector de Prensa y Difusión (FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL) en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.- ARTICULO 3°.- Créase el cargo de Subdirector de la Escuela de Bellas Artes (FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL) en el ámbito de la Dirección de Cultura, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda.- ARTICULO 4°.- Fijase la retribución básica de los Subdirectores en una suma equivalente al 70% del importe del sueldo básico correspondiente al cargo de Director.- ARTICULO 5°.- Para la atención del gasto que demanden los cargos precitados, ampliase el crédito de las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente, en las sumas que se indican: FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL 1.1.1.1.1. Sueldo Personal Superior ................ A 26.080 1.1.1.2.2. Sueldo Anual Complementario ............. A 2.874 1.1.1.3.5.1.Bonificaci¢n por Antigüedad ............. A 800 1.1.1.4.1. Aporte Patronal al I.P.S. ............... A 2.180 1.1.1.4.2. Aporte Patronal al I.O.M.A. ............. A 1.453 SUB TOTAL A 33.387 FINALIDAD V - BIENESTAR SOCIAL 2.8.1. Aporte Patronal al FO.NA.VI. ............ A 1.488 TOTAL A 34.875 ARTICULO 6°.- Las sumas necesarias para las ampliaciones dispuestas en el articulo precedente, serán transferidas de las siguientes partidas, del presupuesto de Gastos vigente, que cuentan con crédito suficiente: FINALIDAD III - ITEM II - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS 2.5.2.1. Señalización luminosa ..................... A 15.000 2.5.2.2. Refacción Corralón y otros ................ A 15.000 2.5.2.3. Centro Deportivo Municipal ................ A 4.875 TOTAL A 34.875 ARTICULO 7°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-