Registrada bajo el N° 333/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 14 de junio de 1988.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 715/88 Interno 759 se elevó un proyecto de Ordenanza referente a un convenio con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Pcia. de Bs. As., a los efectos de la fiscalización de actividades comerciales de caza en jurisdicción del Partido de Gral. Madariaga; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día 10 de junio de 1988, fue aprobado por unanimidad, con la salvedad de la introducción de otros artículos referente a futuros implementaciones; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a suscribir con el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires, un Convenio de colaboración a los efectos de la fiscalización de actividades comerciales de caza en jurisdicción del Partido de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2°.- El Convenio a suscribirse será de idéntico tenor al convenio adjunto al Decreto Provincial n° 1569/86.- ARTICULO 3°.- Recomiéndase al D.E., de que en el supuesto de que se hagan convenios complementarios al que por esta Ordenanza se autoriza, se tenga en cuenta que se debería modificar la cláusula sexta del convenio tipo en el sentido de que el Municipio recaude y retenga su 30%, derivado posteriormente el porcentaje correspondiente a la Pcia.- ARTICULO 4°.- Recomiéndase al D.E. que en el supuesto del articulo anterior, también se implemento un tiempo mínimo de vigencia del convenio.- ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-