Registrada bajo el N° 337/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 22 de julio de 1988.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 771/88 Interno 774, por el cual se eleva un Proyecto de Ordenanza aprobando el convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Pcia. de Buenos Aires, para la construcción de 10 viviendas en el Partido de Gral. Madariaga; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 21 de julio de 1988; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de diez viviendas en el Partido de Gral. Madariaga.- ARTICULO 2°.- Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que fueren menester, a los efectos del Convenio señalado en el Articulo 1°.- ARTICULO 3°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar el sistema de reintegro del crédito a afectar a la construcción de cada unidad de vivienda por parte de los beneficiarios, mediante garantía hipotecaria y con un plan de amortización de 20 años.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.- Graciela Nader Juan José Jauregui Secretaria H.C.D. Presidente H.C.D.