Registrada bajo el N° 344/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 2 de septiembre de 1988.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 725/88, Interno 762, se elevó un Proyecto de Ordenanza autorizando al D.E. a suscribir convenio con el Instituto de Obra Médico Asistencia; y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, fue aprobado por unanimidad en la Sesión del día 1 de septiembre de 1988, Que por ley 10.601 se estableció un r‚gimen especial de regularización y facilidades de pago que por aportes, contribuciones, actualizaciones e intereses mantienen los Municipios con IOMA; Que el convenio resulta conveniente para que la Municipalidad haga efectiva su deuda; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar convenio con el Instituto de Obra Médico Asistencial para el pago de la deuda por Aportes y Contribuciones, sus actualizaciones e intereses devengados al 30 de septiembre de 1987, de acuerdo a lo establecido por la ley 10.601.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS UN DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-