Registrada bajo el N° 349/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 27 de septiembre de 1988.- VISTO: La Ordenanza Preparatoria de fecha 17 de setiembre de 1988, correspondiente al Expediente del D.E. n° 790/88, por el cual se autoriza al D.E. a efectivizar la contribución de mejoras relativo a la Obra Proplan - Programa de Iluminación Urbano - Barrio Banco Provincia, - Islas Malvinas; y CONSIDERANDO: Que dicho anteproyecto fue analizado en la Sesión de Concejales y Mayores Contribuyentes del día 26 de setiembre de 1988, siendo aprobado por unanimidad; Que en dicha oportunidad también se ratificó expresamente la Ordenanza n° 332/88; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratificase expresamente la Ordenanza n° 332/88, que fuera sancionada ad-referendum de la aprobación correspondiente de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.- ARTICULO 2°.- Autorizase al D.E. a efectivizar la contribución de mejoras correspondiente a la Obra PROPLAN - Programa de Iluminación Urbana - Barrio Banco Provincia - Islas Malvinas.- ARTICULO 3°.- El costo de la Obra: A. 16.125 (Australes Diez y seis mil ciento veinticinco) se dividirá a prorrata entre los 60 propietarios de los Barrios señalados en el articulo anterior.- ARTICULO 4°.- El importe correspondiente a cada propietario será liquidado en cuatro cuotas iguales, mensuales y consecutivas.- ARTICULO 5°.- Para todos los aspectos no establecidos en la presente norma, se aplicarán las disposiciones contenidas en la Ordenanza n° 332/88.- ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-