Registrada bajo el N° 352/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 7 de octubre de 1988.- VISTO: El expediente n° 703/87, interno 809, en el cual se solicita eximición de tasas municipales al inmueble perteneciente a la Cooperadora del Jardín de Infantes n° 902, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 6 de octubre de 1988; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Exímese de Tasas y Contribuciones municipales al inmueble designado en Catastro como Circunscripción I - Sección B - Quinta 25 - Parcela I - Partida 039-000361 (Imp. Inmobiliario) perteneciente a la Comisión Cooperadora del Jardín de Infantes n§ 902, desde el momento de adquisición del mismo (Boleto 6/5/87).- ARTICULO 2°.- Autorizase al D.E. a otorgar un subsidio para ser afectado a la deuda pendiente a la fecha de adquisición de dicho inmueble (Boleto 6/5/87).- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-