Registrada bajo el N° 356/88

  • 24/02/1988

General Juan Madariaga, 20 de octubre de 1988.- VISTO: Que por expediente del D.E. n° 1008/88 interno 822, se elevó un Proyecto de Ordenanza referente al programa Procasa 2, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del 20 de octubre de 1988; Que oportunamente este H.C.D. diera aprobación a la Ordenanza 337/88, por la cual se autorizó la firma de un convenio de un tenor similar al que nos ocupa; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE sanciona con carácter de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Apruébase el convenio suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, referente al Programa PROCASA 2, para la construcción de doce (12) viviendas en el Partido de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2°.- Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que fueren menester, a los efectos del Convenio señalado en el articulo 1°.- ARTICULO 3°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a reglamentar el sistema de reintegro del crédito a afectar a la construcción de cada unidad de vivienda por parte de los beneficiarios, mediante garantía hipotecaria y con un plan de amortización de 20 (veinte) años.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.-