Registrada bajo el N° 252/87

  • 24/02/1987

General Juan Madariaga, 9 de junio de 1987.- VISTO: El Expediente Interno n° 321/87 y 324/87 referentes a solicitudes interpuestas por administrados y con referencia a autorización para efectuar dársenas de estacionamiento; y CONSIDERANDO: Que el despacho presentado por la Comisión de Tierras, Obras y Servicios en la Sesión del día 4/6/87 fue aprobado por unanimidad; Que el estudio del encuadramiento de las peticiones se evidenció la falta de una norma legal especifica que prevea las condiciones en que podrán efectuarse las referidas dársenas; Que también del cotejo de la realidad con los temas de la norma, surgen una serie de situaciones ya creadas con anterioridad a la sanción de la Ordenanza n° 49/84, que obviamente deberán ser respetados por su antigüedad; Que el espíritu de la sanción de la presente en reducir la heterogeneidad en la ubicación de los estacionamiento y asegurar la máxima seguridad posible en el tránsito urbano; Por ello, en uso de sus facultades el H.C.D. sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Modifícase el Art. 7 de la Ordenanza 49/84 que quedará redactada en los siguientes términos: Art.7°: En las calles de la ciudad que cuentan con dos (2) trochas de pavimento y tengan asignadas doble sentido de circulación se estacionará como se indica en cada una de ellas: - Rivadavia, entre Maistegui y Etchegaray de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Etchegaray, entre Rivadavia y Saavedra de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Sarmiento, entre Etchegaray y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Saavedra, entre Zubiaurre y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Arias, entre Int. Zoppi y Urrutia de Norte a Sur sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Colón, entre Saavedra y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Echeverria, entre Mitre y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- En las citadas arterias, el D.E. podrá autorizar la construcción de dársenas de estacionamiento, invadiendo la zona de aceras, en aquellos casos que por su verificada situación de gran movimiento vehícular así lo justifiquen.- ARTICULO 2°.- Incorpórese la presente modificación en el texto completo de la Ordenanza n° 49/84 con la modificación de la Ordenanza n° 91/84, elevándose el texto ordenado.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.-