O R D E N A N Z A N° 159/86 - Pavimentación urbana

  • 21/02/1986

ART.1°.- Declárese de utilidad pública y pago obligatorio la realización de obras de pavimento urbano en las siguientes calles: - Moreno e/ Almafuerte y Carlos Pellegrini - 9 de Julio e/ Martinez Guerrero y Av. Buenos Aires - 25 de Mayo e/ Martinez Guerrero y Av. Buenos Aires - Almafuerte e/ Martinez Guerrero y Av. Buenos Aires - Belgrano e/ Echeverria y Almafuerte - Av. Buenos Aires e/ Echeverria y Mitre (Almafuerte lado oeste) - Av. Buenos Aires desde Mitre a calle 3 (acceso) cordón cuneta.- ART.2°.- Autorizar en el artículo anterior mediante licitación Pública y con la/s modalidad/es que, dentro de aquella estimare más conveniente, de acuerdo a las normas legales vigentes (MODIFICADO POR ORD. 187/86, TEXTO ORIGINAL: "Autorízase al Departamento Ejecutivo para la construcción de las obras reseñadas en el articulo anterior con la siguiente modalidad: Licitación Pública con percepción directa del costo por la empresa a los vecinos frentistas") ART.3°.- A los efectos de la adhesión de los vecinos frentistas a la concreción de las obras se abrirá el correspondiente registro de oposición.- ART.4°.- En los aspectos de la realización de las obras de pavimentación de aplicación las normas que dispone la Ordenanza General N° 165/86 en cuanto a lo establecido, en el Art. 1° (MODIFICADO POR ORD. 187/86 TEXTO ORIGINAL : "A todos los efectos de la realización de las obras de pavimento que dispone la presente Ordenanza, aplíquese las normas establecidas en la Ordenanza General 165/73").- ART.5°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-