O R D E N A N Z A N° 168/86 - Creación Olimpíadas Municipales

  • 05/03/1986

O R D E N A N Z A N° 168/86 ART.1°.- Créase en el Partido de General Juan Madariaga las Olimpíadas Anuales Municipales.- ART.2°.- Se realizarán bajo la organización de la Dirección de Deportes y Turismo Municipal.- ART.3°.- Podrán intervenir en la misma todas las instituciones públicas y privadas o asociaciones del medio sea cual fuere el ámbito en que desarrollan sus actividades.- ART.4°.- Los encuentros serán públicos y gratuitos y se realizarán prioritariamente en instituciones municipales y cuando sea necesario se desarrollarán en dependencias de instituciones que operen en convenio con la Municipalidad.- ART.5°.- Las Olimpíadas se iniciarán con un acto que permita hacer conocer los lineamientos y condiciones, donde se realicen demostraciones y formaciones gimnásticas que revistan la importancia y jerarquía necesaria para demostrar el interés del gobierno y la Comunidad por la actividad deportiva.- ART.6°.- Se concluirá con un encuentro masivo para la entrega de premios a los ganadores, distinciones a los participantes más destacados, a los equipos y/o participantes que demuestren mejor conducta deportiva, como así también, un certificado de participación a cada uno de los deportistas.- ART.7°.- El D.E. dispondrá de su partida Presupuestaria los medios necesarios para la realización de dicha Olimpíada, contemplando la parte organizativa, de difusión, mantenimiento de instalaciones, provisión de material, premios y distinciones, asesoramiento técnico y todo lo que sea necesario para su mejor desarrollo.- ART.8°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- Sin otro particular, saludo a Ud. muy atte.-