O R D E N A N Z A N° 169/86

  • 05/03/1986

O R D E N A N Z A N° 169/86 ART.1°.- Increméntese, con retroactividad al 1° de Abril del Cte. año, las remuneraciones básicas y adicionales del Personal Municipal, en un 5 %.- ART.2°.- Fíjase el Sueldo Mínimo del Personal Municipal en A 105,84 (AUSTRALES CIENTO CINCO CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS), para la Jornada de 30 horas de labor semanales.- ART.3°.- Fíjase el valor módulo en A 0,252 (AUSTRALES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILESIMOS).- ART.4°.- Establécese en A 110 (AUSTRALES CIENTO DIEZ) el Sueldo Mínimo a percibir en concepto de remuneraciones, de acuerdo con las disposiciones nacionales vigentes, en cuatro al sueldo Social Garantizado.- ART.5°.- El gasto que demande la aplicación del incremento salarial se imputará a las Partidas respectivas del Presupuesto de Gastos en vigencia, la mayor erogación originada deberá ser prevista en el Presupuesto 1986.- ART.6°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-