O R D E N A N Z A N° 196/86 - Urbanización

  • 05/03/1986

Articulo 1°.- Desaféctese de la SASU 2 a la quinta catastrada como: Circunscripción I – Sección C – Quinta 110, en la hectárea delimitada por las calles Brasil, Chile, Cuba y prolongación calle Suiza. (MODIFICADA POR ORDENANZA 220/86, TEXTO ORIGINAL: Desaféctese de la S.A.S.U.P. a la manzana comprendida por las calles Moreno, Colón, Rivadavia y La Pampa, cuya nomenclatura catastral es: Circunscripción I - Sección "B" - Manzana 88b) Articulo 2°.- Créase en la quinta catastrada como Circunscripción I – Sección C – Quinta 110, en el sector delimitado según el artículo precedente, DISTRITO DE URBANIZACION ESPECIAL “U2? sujeto a las siguientes normas: a) Características especial para conjunto habitacional. b) Usos: Residencial. Se permitirá únicamente el cumplimiento comunitario requerido por las necesidades del conjunto habitacional. c) Indicadores: P.O.S. – 4 – F.O.T. – 0,8 – DENSIDAD NETA: 150 habitantes por hectárea – Altura máxima de edificación: Planta Baja y 1§ Piso ( 6m ) – Subdivisiones: en parcelas de 12 m de frente y 300 m2. de superficie y/o afectación del predio al régimen de Propiedad Horizontal, con las cesiones establecidas por Ley.- d) Tipología Edilicia: Deberá por diseñado como conjunto. El proyecto deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.- e) Servicios esenciales: Energía eléctrica y alumbrado público, calles perimetrales y de acceso a las viviendas, mejoradas, servicio de agua corriente y cloacas  (MODIFICADO POR ORDENANZA 220/86, TEXTO ORIGINAL: "Créase en la manzana catastrada como I-B-88b el DISTRITO DE URBANIZACION ESPECIAL "U2", sujeto a las siguientes normas: a) Carácter: Zona Especial para conjunto habitacional. b) Usos: Residencial. Se permitirá únicamente el cumplimiento comunitario requerido por las necesidades del conjunto habitacional.- c) Indicadores: F.O.S. = 0,4 - F.T. = 0,8 - DENSIDAD NETA : 150 habitantes por hectárea - Altura Máxima de edificación: Planta baja y 1§ piso (6 m.)- Subdivisiones: en Parcelas de 12 m. de frente y 300 m2 de superficie y/o afectación del predio al régimen de Propiedad Horizontal, con las cesiones establecidas por Ley.- d) Tipología Edilicia: Deberá ser diseñado como conjunto. El proyecto deberá contar con la aprobación de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.- e) Servicios esenciales: Energía Eléctrica y alumbrado Público, calles perimetrales y de acceso a las viviendas mejoradas servicios de agua corriente y cloacas") ART.3°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-