ORDENANZA n° 202/86.- Empréstito

  • 05/03/1986

VISTO: El Expte. N° 4046-0004/86 del H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, mediante el cual acuerda la factibilidad de contratación de un empréstito con el Bco. de la Pcia. de Buenos Aires, respondiendo a una Ordenanza Preparatoria sancionada por este H. Cuerpo con fecha 7 de agosto de 1986, y CONSIDERANDO: Que dicha disposición debe ser tratada por la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes conforme lo establece el Art. 184§ inciso 2 y 3 de la Constitución de la Pcia. de Buenos Aires, por todo ello, la misma, en uso de sus facultades que le son propias sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ART.1°.- Autorízase al D.E. a contratar con el Bco. de Buenos Aires un préstamo o empréstito por la suma de 130.000 (AUSTRALES CIENTO TREINTA MIL).- ART.2°.- El monto del mencionado empréstito será destinado a obras públicas, con recupero del costo de los vecinos frentistas de acuerdo a la Ordenanza General N° 40.- ART.3°.- El empréstito que se autoriza por el Art.1§ ser cancelado en el término de 6 años, con uno de gracia, amortizable en cuotas semestrales crecientes y porcentuales del capital original con un interés del 14% (VEINTICUATRO POR CIENTO) anual, vencido y ajustable.- ART.4°.- El D.E. se compromete a preveer en los presupuestos futuros los créditos necesarios para atender los servicios de amortización e intereses del préstamo hasta su cancelación.- ART.5°.- En garantía del fiel cumplimiento del servicio, la Municipalidad declara afectada en su totalidad la Coparticipaci¢n en los Impuestos Nacionales y Provinciales, Art. 2° de su Cálculo de Recursos.- ART.6°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.-