O R D E N A N Z A N° 092/84 - Apertura Calle Belgrano

  • 08/03/1984

ART.1°.- Declárase de utilidad pública la apertura de la prolongación de la calle Belgrano entre 25 de mayo y Almafuerte de esta Ciudad.- ART.2°.- Comunicar lo dispuesto en el Art. 1° al Departamento de Recaudación y División Catastro a los fines correspondientes.- ART.3°.- Comuníquese al D.E. y al Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-