ORDENANZA 2142 - Nombre Plaza Islas Malvinas

  • 18/04/2012

General Juan Madariaga, 12 de abril de 2012.- VISTO: Expte. Interno 6334 iniciado por el Bloque Justicialista ref. nombre de la Plaza Islas Malvinas Puerto Argentino; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de abril de 2012; La necesidad de imposición de nombre a la Plazoleta ubicada en la intersección de las calles 47 y 2 del Barrio Islas Malvinas de la Ciudad de Gral. J. Madariaga; Que teniendo en cuenta el nombre del Barrio donde se encuentra la plazoleta y la cercanía del trigésimo aniversario de la Gesta de Malvinas, el Bloque de Concejales del Partido Justicialista propone designar con el nombre “Puerto Argentino” a dicho espacio público; Que la presente iniciativa honorífica, se plantea en concordancia con los constantes reclamos de soberanía sobre las islas Malvinas por parte de nuestra Nación; Que esta iniciativa fue participada a los ex combatientes de nuestro distrito y no mostraron objeción al respecto; Que a través del Decreto 757/82 del 16 de abril de 1982, se nombró la ciudad como “Puerto Argentino” para reivindicar su soberanía sobre las Islas Malvinas; Que Puerto Argentino se encuentra en el sector noreste de la isla Soledad, siendo la capital y ciudad más importante de las islas Malvinas; Que es la única población que posee un hospital, un colegio, biblioteca, piscina, salón de baile, estación de radio, corte de justicia, estación de policía, un aeropuerto, astilleros, museo, y un centro de compras entre otros; Que el presente proyecto de ordenanza se dicta en concordancia de las atribuciones emanadas del art. 27 inc. 4º de L.O.M.; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º.- Impónese el nombre de “Puerto Argentino” a la plazoleta del Barrio Islas Malvinas de nuestra ciudad.- ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo instrumentará los recaudos que se requieran para hacer efectivo lo dispuesto en el articulo 1º de la presente.- ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. De Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.- Registrada bajo el nº 2142/12.-