Registrada bajo el N° 2039/10 - Modifica Tarifa Taxis y Remises

  • 18/01/2010

General Juan Madariaga, 30 de diciembre de 2010.- VISTO: Expte. del D.E. nº 2563/10 Interno 6066 iniciado por Taxistas y Remiseros ref. solicitan aumento en la tarifa de planta urbana; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por mayoría en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 30 de diciembre de 2010; Que según lo expuesto por los solicitantes el aumento de referencia se fundamenta en el incremento que tuvieron los insumos que demanda la actividad; Que, según la opinión vertida de la mayor parte de taxistas y remiseros el incremento en la tarifa de la planta urbana debería ser de dos pesos ($ 2) alcanzando la mínima nueve pesos ($ 9); Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º.- Modifíquese el articulo 33 de la Ordenanza de taxis 1727/07 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Se toma como tarifa máxima $ 9 – dentro del radio urbano y se dejará librado al acuerdo con el usuario cuando el recorrido fuese distinto.- A partir de la promulgación de la presente toda modificación de la tarifa deberá ser aprobada por el H.C.D.”.- ARTICULO 2º.- Modifíquese el articulo 54 de la Ordenanza de remises que quedará redactado de la siguiente manera: “Se toma como tarifa máxima $ 9 – dentro del radio urbano y se dejará librado al acuerdo con el usuario cuando el recorrido fuese distinto.- A partir de la promulgación de la presente toda modificación de la tarifa deberá ser aprobado por el H.C.D.” ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.- Registrada bajo el 2039/10.-