Registrada bajo el nº 2047/11.-

  • 18/01/2011

General Madariaga, 1 de marzo de 2011.-




VISTO: Expte. del D.E. nº 1173/10 Interno 6080 ref. Convenio Instituto de la Vivienda Proyecto 2 de treinta y tres viviendas; y



CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 1 de marzo de 2011:

Que mediante el mismo se tramita el perfeccionamiento del Convenio nº 09 – 60 – 10 suscripto entre la Municipalidad de Gral. Juan Madariaga y el Instituto de la Vivienda de Buenos Aires (I.V.B.A.) con el fin de realizar 33 viviendas al este de la intersección de las calles Buenos Aires y Colón de esta ciudad cabecera;

Que no existen observaciones técnicas, contables o legales que realizar al citado contrato, según surge de los informes que obran en el expediente;

Que la Resolución IVBA nº 3177/10 estableció actualizaciones a los valores históricos de obra, fijados con anterioridad a julio de 2009, lo que implica un aumento en los ingresos y egresos fijados para esta obra;

Que la ADDENDA es el instrumento administrativo / contable / legal adecuado para actualizar un convenio o un contrato ya firmado, dando seguridad de forma y de fondo;

Que dado el tiempo transcurrido entre la cotización inicial de la licitación efectuada y la actual fecha de efectiva construcción de las obras, la actualización de las fuentes de financiación facilita y favorecen la evolución y desarrollo de los trabajos;

Que es facultad del H.C.D. aprobar Convenios y/o sus modificaciones según lo norma la Ley Orgánica de las Municipalidades en su articulado concordante;


Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:



ORDENANZA



ARTICULO 1º.- Convalídese el Convenio nº 009 – 60 – 10 suscripto entre esta Municipalidad de Gral. Juan Madariaga y el Instituto de la Provincia de Buenos Aires, para la realización de 33 viviendas de interés social a ejecutarse al este de la intersección de las calles Buenos aires y Colón de esta ciudad cabecera, obrante a fojas 1 y 2 del Expte. nº 1173/10.-


ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Instituto de la Provincia de Buenos Aires, la ADDENDA correspondiente al Convenio precedentemente convalidado, cuyo modelo consta a fojas 10 del Expte. nº 1173/10.-


ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS UN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL ONCE.-


Registrada bajo el nº 2047/11.-