Ordenanza nº 2164/12.- Cambio de manos e/ Bs. As. y Catamarca

  • 23/08/2012

General Juan Madariaga, 23 de agosto de 2012.-   VISTO: Expte. del D.E. nº 1896/12 Interno 6391 ref. Cambio de manos e/ Bs. As. y Catamarca; y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 23 de agosto de 2012; La necesidad de ordenar la circulación vehicular y el estacionamiento ocasional en el sector circundante al conjunto educativo ubicado en la manzana circunscripta por las calles Avda. Buenos Aires, calle Urrutia, Avda. Catamarca y calle Zubiaurre, Que la concentración de establecimientos educativos de diversos niveles genera en igual tiempo y espacio, la concentración de peatones y vehículos con el fin de ingresar o egresar de los mismos, y Que dichos eventos se producen en los horarios de ingreso y egreso, no siendo suficiente la acción de agentes de transito si los mismos no son acompañados por espacios, anchos y calzadas liberadas por la normativa que permitan absorber este movimiento espasmódico y fugaz, y Que deben liberarse de estacionamientos prolongados los sectores de las calzadas próximas a los establecimientos y generar otros espacios de estacionamientos compensatorios en la plazoleta central y similares, y Que en función de haberse pavimentado la Av. Catamarca, las calles entre la Avda. Buenos Aires, Zubiaurre y Catamarca deben adecuarse a un sistema de circulación seguro y compatible con la trama consolidada de la ciudad, y Que es deber ineludible del estado municipal, crear condiciones que posibiliten satisfacer al menor costo económico y social, los requerimientos y necesidades de la comunidad de vecinos en general como de la comunidad docente en particular, y Que existen los correspondientes dictámenes técnicos, legales y contables de Ley que no observan impedimento a lo solicitado, y Que es facultad del HCD normar y reglamentar usos no establecidos en las normativas vigentes, según la Ley Orgánica de la Municipalidades, Articulo 27º, Incisos 2, 4, 17 y18. Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º: Sustitúyanse los artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º de la Ordenanza Nº 1854/08, y el artículo 2º de la Ordenanza 1874/08, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: ARTICULO 3º.- Los vehículos automotores y otros, tendrán sentido de circulación de NORTE a SUR en las siguientes calles: M. Guerrero, desde Libertad hasta Rotonda Melón Gil- Moreno, desde Avda. Tuyú hasta Int. Rimondi.- Belgrano, desde Avda. Tuyú hasta Almafuerte.- Alberti, desde Avda. Tuyú hasta Uruguay.- Arias, desde Avda. Tuyú hasta Zoppi.- Saavedra, desde El Tala hasta Avda. Buenos Aires.- 12 de Octubre, desde Urrutia hasta Avellaneda ARTICULO 4º.- Los vehículos automotores y otros, tendrán sentido de circulación de ESTE a OESTE en las siguientes calles: Zubiaurre, desde Avda. Catamarca hasta Rivadavia.- Hipólito Yrigoyen, desde Avda. Catamarca hasta Rivadavia.- Dr. Carlos Madariaga, desde Avda. Catamarca hasta Rivadavia.- Zoppi, desde Mitre hasta Rivadavia.- Maistegui, desde Mitre hasta Rivadavia. Lavalle, desde Avda. Buenos Aires hasta Rivadavia.- 9 de Julio, desde Avda. Buenos Aires hasta Rivadavia.- Almafuerte desde Belgrano hasta Rivadavia.- Güemes, desde Avda. Buenos Aires hasta Rivadavia.- Libertad, desde Avda. Buenos Aires hasta M. Guerrero.- ARTICULO 5º.- Los vehículos automotores y otros tendrán sentido de circulación de OESTE a ESTE en las siguientes calles: Etchegaray, desde Rivadavia hasta Saavedra.- Urrutia, desde Rivadavia hasta Avda. Catamarca.- Avellaneda desde Rivadavia hasta Avda. Catamarca.- Uruguay, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- Martínez Ituño, desde Rivadavia hasta Mitre.- El Tala, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- Echeverría, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- 25 de Mayo, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- José Ingenieros, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- José Mármol, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- ARTICULO 6º.- Los vehículos automotores y otros tendrán sentido de doble circulación por las siguientes calles: Independencia, desde Rivadavia hasta Moreno. - Almafuerte desde Belgrano hasta Buenos Aires. Zoppi, desde Saavedra hasta Avda. Buenos Aires.- Avda. San Martín, desde Rivadavia hasta Avda. Catamarca.- Martínez Ituño, desde Avda. Buenos Aires hasta Saavedra.- Avda. Tuyú, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- Rivadavia, en toda su extensión.- Alberti, desde El Tala hasta Echeverría.- Avda. Buenos Aires en toda su extensión.- Int. Rimondi, desde Rivadavia hasta Avda. Buenos Aires.- Etchegaray, e/ Saavedra y Buenos Aires.- 20 de noviembre entre Etchegaray y Zubiaurre.- Libertad, desde Martínez Guerrero hasta Rivadavia Martinez Guerrero, entre Libertad e Intendente Maistegui Sarmiento, entre Maistegui y Martínez Ituño 11 de Septiembre, entre Yrigoyen y Urrutia El resto de las calles no nominadas en el artículo precedente y que se hallen comprendidas dentro de las Circunscripciones I y II del Partido de Gral. J. Madariaga.- CAPITULO II ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS. ARTICULO 7°.- En las calles de la ciudad que cuenten con dos trochas de pavimento y tengan asignado doble sentido de circulación, se estacionará como se indica en cada una de ellas. - Rivadavia en toda su extensión de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Etchegaray entre Saavedra y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Sarmiento entre Tuyú y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Saavedra entre Av. Tuyú y Colón de Sur a Norte sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Colón entre Saavedra y Av. Bs. As. de Oeste a Este sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Zoppi entre Saavedra y Av. Bs. As. de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Almafuerte entre Av. Bs. As. y Belgrano de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Libertad entre M. Guerrero y Rivadavia de Este a Oeste sobre mano derecha y en igual sentido de circulación.- - Avda. Buenos Aires, entre Pellegrini y Urrutia y entre Zubiaurre y Caseros, sobre mano derecha y en igual sentido de circulación. - Avda. Buenos Aires, entre Zubiaurre y Urrutia, sobre mano izquierda y en igual sentido de circulación en plazoleta central. - Avda. Buenos Aires, entre Zubiaurre y Urrutia queda prohibido estacionar sobre la mano derecha en igual sentido de circulación ARTICULO 2º: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE.- Registrada bajo el nº 2164/12.-