Ordenanza 1920/09 Ref. Convenio de colaboración y transferencia para la construcción de la unidad sanitaria Barrio Belgrano.-
- 13/08/2009
General Juan Madariaga, 13 de agosto de 2009.-
VISTO: Expte. del D.E. nº 1590/09 Interno 5657 ref. Convenio de colaboración y transferencia para la construcción de la unidad sanitaria Barrio Belgrano; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Hacienda y Presupuesto, Acción Social y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de agosto de 2009;
Que a través del mencionado convenio, se realizará la obra denominada “Construcción de Unidad Sanitaria en Barrio Belgrano”;
Que, a fs. 15 la Contaduría Municipal informa que no existen observaciones contables;
Que, a fs. 16 la Dirección de Asuntos Legales menciona que el mismo no merece observaciones y se deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante;
Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio Único de Colaboración y Transferencia para la realización de la obra denominada “Construcción de Unidad Sanitaria en Barrio Belgrano en el marco del Programa de Mejoramiento Habitacional e Infraestructura Básica II, inscripta por el D.E. que corre glosado a fs. 1/11 del expediente nro. 1950/09.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL NUEVE.-
Registrada bajo el nº 1920/09.-