Ordenanza nº 2178/12.- Aumento Tarifa de Taxis y Remises

  • 19/12/2012

General Juan Madariaga, 19 de diciembre de 2012.-

    VISTO: Expte. del D.E. nº 2644/12 Interno 6446 ref. Sol. Aumento Tarifa de Taxis y Remises; y   CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 19 de diciembre de 2012; Que según lo expuesto por los solicitantes el aumento de referencia se fundamenta en el incremento que tuvieron los insumos que demanda la actividad; Que taxistas y remiseros solicitan un aumento en la tarifa equivalente a $ 3 (tres pesos); Que según la opinión vertida por los solicitantes el incremento de tarifa de la planta urbana debería ser de $ 2 (dos pesos) alcanzando la mínima a $ 13 (trece pesos); Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:  

 ORDENANZA

  ARTICULO 1º.- Modifíquese el art. 33º de la Ordenanza de taxis 1727/07 el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Se tomará como tarifa máxima $ 13 dentro del radio urbano y se dejará librado al acuerdo con el usuario cuando el recorrido fuese distinto. A partir de la promulgación de la presente toda modificación de la tarifa deberá ser aprobada por el H.C.D.”.-   ARTICULO 2º.- Modifíquese el art. 54º de la Ordenanza 1727/07 que quedará redactado de la siguiente manera: “Se tomará como tarifa máxima $ 13 (con un recorrido de 20 cuadras) dentro del radio urbano y se dejará librado al acuerdo con el usuario cuando el recorrido fuese distinto. A partir de la promulgación de la presente toda modificación de la tarifa deberá ser aprobada por el H.C.D.”.-   ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. De Bs. As. Regístrese y archívese.-     DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE.-     Registrada bajo el nº 2178/12.-