Ordenanza nº 2194/13.- Convenio de 36 viviendas

  • 09/05/2013

General Juan Madariaga, 9 de mayo de 2013.- VISTO: Expte. del D.E. nº 1242/12 Interno 6490 ref. Firma Convenio de 36 viviendas; CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 9 de mayo de 2013; Que el H.C.D. en Sesión del 14 de junio de 2012 sancionó la Ordenanza 2149/12, en la que se autorizó al Intendente Municipal a firmar un Convenio con el IVBA para la construcción de 36 viviendas de interés social del Programa Bonaerense II – Solidaridad con Municipios – a realizarse en seis etapas; Que con fecha 3 de diciembre de 2012 se suscribió el Convenio 009 – 100/12 con el IVBA para la asistencia financiera del programa citado anteriormente; Que con fecha 21 de diciembre de 2012 se dicto la Resolución 5163 del IVBA en la que se aprueba el Convenio 009- 100/12; Que con fecha 30 de enero, el Fiscal de Estado Adjunto requiere que deberá acompañarse Ordenanza Municipal que autorice a afectar en garantía del Convenio, los recursos que corresponden a la Municipalidad de General Madariaga en concepto de coparticipación; Que resulta importante para la comunidad establecer normas necesarias para la creación de un Fondo Permanente de Viviendas; Que de acuerdo a lo establecido en el Programa Bonaerense II el Municipio podrá retener hasta el 35% del reintegro municipal de dicho programa; Que con motivo de dar curso favorable a la recepción de la asistencia financiera provista es necesario cumplimentar lo requerido por el Fiscal de Estado Adjunto; Por todo ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de: ORDENANZA ARTICULO 1º.- Autorícese a afectar los recursos que corresponden a la Municipalidad de General Juan Madariaga en concepto de coparticipación como garantía del convenio Programa Bonaerense II – Solidaridad Municipalidades.- ARTICULO 2º.- Ratifíquese en todos sus términos el Convenio 009 100 – 12 Programa Bonaerense II – Solidaridad Municipalidades -; suscripto entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires (IVBA) y la Municipalidad de General Juan Madariaga, con fecha 3 de diciembre de 2012.- ARTICULO 3º.- Créase el Fondo Municipal Permanente de Vivienda.- ARTICULO 4º.- Dicho fondo se integrará con los recursos provenientes del 35% del recupero del Programa Bonaerense II – Solidaridad Municipalidades.- ARTICULO 5º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE.- Registrada bajo el nº 2194/13.-