Ordenanza nº 2198/13.- Equipo Hospital

  • 30/05/2013

General Juan Madariaga, 30 de mayo de 2013.-

    VISTO: Expte. del D.E. nº 283/13 Interno 6499 ref. Listado de Bienes requeridos por el Hospital; y   CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 30 de mayo de 2013; Que es interés del D.E., por intermedio de la Secretaría de Salud jerarquizar el servicio hospitalario municipal; Que es fundamental optimizar los recursos humanos que se plasma con la contratación de profesionales y trabajadores de la salud suficientes para dar respuesta a las necesidades sanitarias del Partido de Gral. Madariaga; Que esta política de recursos humanos se encuentra integrada a un proyecto global de ampliación edilicia y de infraestructura (aparatología medica) para poder dar respuestas a la antes expresado, Que al adquisición mediante el sistema de Leasing propuesta por el Ejecutivo en conjunto con el gobierno de la Provincia de Bs. As. es la respuesta factible económicamente para dotar al hospital del listado de bienes necesarios, según lo expresado a fs. 1 del expediente referenciado; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:  

ORDENANZA

  ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar contratos de locación con opción de compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A. sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el Art. 156, inc. 2  de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-   ARTICULO 2º.- Los bienes objeto de tales contrataciones, estarán destinados al equipamiento del Hospital Municipal.-   ARTICULO 3º.- Estas contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que la Provincia Leasing S.A. tiene implementadas para este tipo de operatoria.-   ARTICULO 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar los créditos presupuestarios de ejercicios futuros de acuerdo al Art. 273 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-   ARTICULO 5º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. De Bs. As. Regístrese y archívese.-     DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL TRECE.-   Registrada bajo el nº 2198/13.-