Ordenanza nº 2217/13.- Completamiento Residencia Escuela Agraria

  • 10/10/2013

General Juan Madariaga, 10 de octubre de 2013.-

    VISTO: Expte. del D.E. nº 2102/13 Interno 6557 ref. Completamiento Residencia Escuela Agraria; y   CONSIDERANDO: Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 10 de octubre de 2013; El Convenio Unico de Colaboración y Transferencia suscripto entre esta Municipalidad y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación; Que el mismo tiene por objeto la asistencia financiera por parte de la Subsecretaría para la ejecución de la obra Residencia Escuela Agraria; Que, dicha asistencia es por un monto máximo de pesos cuatrocientos noventa y cuatro  mil ochocientos sesenta con cuarenta y dos; Que, de conformidad a las previsiones del articulo 41º de la L.O.M. se remite al Honorable Concejo Deliberante para su correspondiente convalidación; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:  

ORDENANZA

  ARTICULO 1º.- Convalídase el Convenio Unico de Colaboración y Transferencia suscripto entre esta Municipalidad y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, para la ejecución de la obra denominada “Residencia Escuela Agraria”, obrante a fs. 2/13 del expediente nro. 2102/13.-   ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-   DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE.-   Registrada bajo el nº 2217/13.-