Ordenanza nº 2219/13.- autorización para escrituración

  • 14/11/2013

General Juan Madariaga, 14 de noviembre de 2013.-

      VISTO: Expte. Interno 6514 iniciado por Herederos del Sr. Francisco Saturnino Blanco ref. Solicitan autorización para escrituración; y   CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de noviembre de 2013; Que mediante Ordenanza 495/90 promulgada por decreto del D.E. nº 667/90 de fecha 2 de octubre de 1990, se convalida el sorteo y adjudicación realizado por el D.E., adjudicando la parcela identificada catastralmente como Circ. I, Sec. B, Quinta 42 e, parcela 5, a favor del Señor Francisco Saturnino Blanco y el Municipio realiza la donación a título gratuito de los inmuebles a quienes resultan adjudicatarios y ordena la escrituración de los mismos a través de la Escribanía General de Gobierno, Que la escritura a favor de Francisco Saturnino Blanco no se realizó por el fallecimiento del mismo, conforme lo informado a fs. 7 de los presentes actuados por el notario Jorge Cambet Lacaste al Pte. del Colegio de Escribanos de la Delegación Dolores; Que, a fs. 21/22 obra dictamen de la Subdirectora de obras particulares, Arquitecta Marina Pasini adjuntando los antecedentes obrantes en el Expte. 813/87 al respecto; Que a fs. 1 vuelta se dejó constancia que se adjuntó copia de la declaratoria de herederos dictado con fecha 11 de noviembre de 1992, en el marco de los autos caratulados “Blanco, Francisco Saturnino sobre sucesión”, expediente nº 276 de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado local, donde su Señoría resuelve declarar con carácter de heredero a su esposa Doña Susana Teresita Goñi en cuanto a los bienes propios que existan, sin perjuicio de los gananciales de la sociedad conyugal si los hubiera y sus hijos Juan Martín, Juan Manuel y Juan Matías Blanco y Goñi;   Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:  

 ORDENANZA

    ARTICULO 1º.- Autorízase al D.E. a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 42 – e, Parcela 5, cuyo titular dominial es la Municipalidad de General Juan Madariaga a favor de los herederos de Francisco Saturnino Blanco quien resultó adjudicatario del citado inmueble conforme surge de la Ordenanza nº 495/90, promulgada mediante Decreto del D.E. nº 667/90, a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-   ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires. Regístrese y archívese.-     DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.-     Registrada bajo el nº 2219/13.-