Ordenanza 2253/14 ref. Plano canje de calle sobre ruta 11

  • 24/04/2014

General Juan Madariaga, 24 de abril de 2014.-
 
 
 
VISTO:  Expte. del D.E. nº 827/12 Interno 6378 ref. Plano canje de calle sobre ruta 11; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios e Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de abril de 2014;

Las actuaciones del Expte. Inter. Nº 6378 – Expte. Mun. Nº 827/12 por la cual se tramita la desafectación de un remanente de una calle de propiedad municipal, cuya superficie de 1 Ha 50ª 49c 78, cedida por el plano nº 39-52-51, pero no abierta ni consolidada, cediéndose en compensación un sobre ancho sobre la Ruta 56 de tierra (ex Ruta 11) de 4Ha 98a;

Que se han reunido todos los antecedentes y títulos necesarios que aseguran la disponibilidad de las partes para resolver sobre el tema de fondo;

Que existen dictámenes favorables de las áreas de Planeamiento, Legales y Contaduría que no observan impedimento para proceder con la tramitación;

Que la desafectación de la calle remanente cedida por plano 39 – 52 – 51, cedida, pero no abierta ni consolidada no modifica ninguna situación preexistente dado que de hecho hoy no posee delimitación ni uso alguno ni es necesaria funcionalmente esa porción del territorio;
Que por ser propiedad de la Municipalidad, deberá efectuarse plano de mensura de la calle a desafectar, realizar la correspondiente escritura traslativa del dominio a favor del peticionante y plano de mensura y cesión del sobre ancho sobre camino 039 – 02, hoy Ruta 56 de tierra (ex Ruta 11);

Que la cesión planteada sobre la ruta 56 de tierra es tres veces superior a la superficie de la calle a desafectar, lo que permitirá contarse con mayores superficies destinadas a las vías de circulación vehicular en el sector;

Que la actual Ruta 56 (ex Ruta 11) posee un rol estratégico potencial dentro del desarrollo y conectividad del partido en la región;
Que es atribución del H.C.D. disponer sobre los trazados de calles y vías de comunicación según lo dispone la Ley Orgánica de las Municipalidades, Artículo 27º, Inciso 2;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a autorizar la gestión para la restructuración, desafectación, escrituración y cesión del sobre – ancho de calle que afecta las parcelas catastradas como Circ. IV, Parc. 125c sobre Ruta 56 de tierra próxima a la actual Ruta Interbalnearia  (hoy Ruta 11) que presenta Juan Carlos Fortassín y Hnos., en un todo de acuerdo esta norma y las actuaciones del Expte. Int. Nº 6378 – Expte. Mun. Nº 827/12.-
 
ARTICULO 2º.- Con el fin de hacer efectiva la presente Ordenanza, se ejecutarán las siguientes acciones y gestiones, a saber:
 
Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal; a:
 
1 – Proseguir con la tramitación, respetando y haciendo respetar la normativa vigente de orden municipal y/o provincial.-
 
2 – Facultar al D.E.M. que por acto administrativo formal, autorice a Juan Carlos Fortassín y Hnos. a contratar a su costa y costo, los servicios de un profesional de la agrimensura con título habilitante, para efectuar los planos de mensura de la calle a desafectar y retrotraer del dominio público municipal.-
 
3 – Facultar al D.E.M. que por acto administrativo formal, una vez cumplimentado el punto “2” precedente, autorice a Juan Carlos Fortassin y Hnos. a contratar a su costa y costo, los servicios de un Notario Público para efectuar la correspondiente Escritura traslativa del dominio de la calle mensurada a desafectar y retrotraer, propiedad del Municipio y a favor de Juan Carlos Fortassin y Hnos.-
 
4 – Autorizar al solicitante, Juan Carlos Fortassín y Hnos., a contratar a su costa y costo, los servicios de un profesional de la agrimensura con título habilitante, para efectuar los correspondientes planos de mensura y división, donde se integre la calle desafectada y retrotraída del dominio público municipal como parte de una nueva parcela sobre Ruta nº 11 y se demarque la sesión del ancho de a la Ruta nº 56 de tierra (ex Ruta 11), de aproximadamente 2000 m de longitud y ancho aproximado 24 m que quedará integrada y a favor del estado.-
 
 
ARTICULO 3º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.-
 
Registrada bajo el nº 2253/14.-