Ordenanza 2254/14 ref. Sol. Subsanar error

  • 08/05/2014

General Juan Madariaga, 8 de mayo de 2014.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. nº 645/14 Interno 6672 ref. Sol. Subsanar error; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de mayo de 2014;

Las actuaciones municipales nº 645/14 iniciadas por el Departamento de Obras Públicas de este Municipio por el cual solicita una modificación a la ordenanza 1168/00;

Que, en el articulo 1º de la ordenanza 1168/00 se aprueba la nómina de 19 adjudicatarios al Programa Operatoria 005, Barrio Solidaridad,
Que, dentro de ellos, se encuentra la adjudicataria de la vivienda nro. 9, Belkis Juana Salazar, consignándose un error en el D.N.I. y en el nombre de la mencionada;

Que, ante tal situación, se hace necesario modificar la ordenanza;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1º.- Modifícase el articulo 1º de la ordenanza nro. 1168/00, en lo que se refiere al adjudicatario de la vivienda nro. 9, quedando redactado de la siguiente manera: “VIVIENDA Nº 9 – TITULAR SALAZAR, Belkis Juana – nº documento D.N.I.  F. 4.550.900”-
 
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.-
 
Registrada bajo el nº 2254/14.-