Ordenanza 2256/14 ref. Adhesión Ley Nacional 26363 – Creación Agencia Nacional Seguridad Vial

  • 12/06/2014

General Juan Madariaga, 12 de junio de 2014.-
 
 
VISTO:  Expte. del D.E. nº 1327/14 Interno 6691 ref. Adhesión Ley Nacional 26363 – Creación Agencia Nacional Seguridad Vial; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de junio de 2014;

Que, la Ley Nacional 26.363 crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la que tiene como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales;

Que, la misma crea el Registro Nacional de Licencia de Conducir, el Registro Nacional de Estadísticas en Seguridad Vial y el Observatorio de Seguridad Vial;

Que, a través de ella se transfiere el Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito al ámbito de la Agencia;
Que, modifica los artículos 2º, 6º, 8º, 13, 14, 26, 29, 71, 72, 77, 84, 85, 89 de la Ley 24.449, deroga los incisos e) y f) del articulo 7º e incorpora los artículos 26 bis y 72 bis del mismo cuerpo normativo;

Que, la necesidad de adherir el Municipio a la Ley Nacional 26.363 se enmarca en la importancia de aunar esfuerzos con la Agencia para mejorar las condiciones de circulación vial a nivel local, como también, posibilitar el establecimiento de mecanismos operativos y/o legales cuyo motivo sea disminuir la tasa de accidentes vehiculares;

Que, desde el punto de vista contable y legal, de acuerdo a dictámenes obrantes a fs. 18/20, la iniciativa no merece observaciones, correspondiendo su remisión al Cuerpo Legislativo;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 ORDENANZA
 
ARTICULO 1º.- Adhiérase al régimen de la Ley Nacional nº 26.363 Creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.-
 
ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.-
 
Registrada bajo el nº 2256/14.-