Ordenanza 2265/14 ref. Comodato Provida Madariaga.-

  • 24/07/2014

General Juan Madariaga, 24 de julio de 2014.-

VISTO: Expte. Interno 6692 iniciado por el Bloque PJ – FpV Proyecto de Ordenanza ref. PROVIDA Madariaga; Expte. Interno 6609 iniciado por el Bloque de la U.C.R. Proyecto de Ordenanza ref. otorgar un predio en carácter de comodato precario a PROVIDA Madariaga y Expte. nº 6452 iniciado por el Bloque de la U.C.R. Proyecto de Comunicación ref. Asociación Civil de Protección Animal  PROVIDA Madariaga; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Tierras, Obras y Servicios, Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de julio de 2014;
 
El invaluable trabajo que realiza la institución PROVIDA MADARIAGA para la mejora de las condiciones de vida de los animales, auxiliando a los que son abandonados y maltratados y promoviendo la concienciación de la sociedad;

La falta de un predio que haga las veces de refugio y hospital tanto de animales domésticos como silvestres para completar ese círculo que se inicia con el rescate, continua con la recuperación y culmina con la adopción, se cierre con la posibilidad de que PROVIDA cuente con instalaciones adecuadas para dicho fin, en bien de la comunidad toda;

 Que el bienestar animal podría definirse como “un estado en el cual el animal como individuo, está capacitado para intentar enfrentarse con su medio ambiente”, siendo el grado en el cual se satisfacen las necesidades físicas y comportamentales de un animal; 

Que se debe entonces, garantizar el alojamiento adecuado, el trato responsable, la nutrición, la prevención de enfermedades, etc.;

Que la Municipalidad de General Madariaga cuenta con un predio con todo lo necesario para llevar adelante dicha tarea;

Que el predio en cuestión es el denominado como “Pista Hípica Municipal”; 

Que las carreras denominadas cuadreras hace tiempo no están encuadradas dentro de nuestras leyes provinciales;

Que esta modalidad del turf ha dejado de realizarse hace años en la mayoría de las ciudades donde se llevaban a cabo, en principio por cuestiones legales; 

Que nuestro Municipio en dicho predio propiciaría actividades que beneficien a la comunidad en su conjunto; 

Que el predio cuenta con una batería de boxes, que son propicios para ser usados como albergue de animales en estado de indefensión, con edificaciones que pueden adaptarse para el funcionamiento de un quirófano y usarse también para cuarentenas y esparcimiento de los animales o cualquier otro tipo de cuidado veterinario; 

Que cuenta además con un salón y quincho que le daría la posibilidad a PROVIDA de solventar gastos provenientes de su actividad, mediante su alquiler o uso responsable; 

Que en dicho predio se podrían realizar otras actividades como: zooterapia o terapia asistida con animales (TAA), es una actividad donde la misión es seleccionar, entrenar y certificar animales, que sean de apoyo en tratamientos y terapias para pacientes de todas las edades, con enfermedades que los debilitan y los afectan en el plano social, emocional y cognitivo; 

Que es ideal para llevar adelante equinoterapia. Terapia integral empleada por profesionales de la salud física o mental para promover la rehabilitación de niños, adolescentes y adultos a nivel neuromuscular, psicológico, cognitivo y social por medio del caballo como herramienta terapéutica y coadyudante, con técnicas orientadas al tratamiento de personas con discapacidad, en las que el elemento central es el caballo
 
• Hipoterapia: Consiste en aprovechar los principios terapéuticos del caballo para tratar a personas con discapacidades físicas, ya sean congénitas o adquirida. Se basa en aspectos como la transmisión del calor corporal del cuerpo del caballo a la persona, la de impulsos rítmicos y el movimiento tridimensional. Las sesiones son dirigidas por un fisioterapeuta
 
• Equitación terapéutica: A través del contacto con el caballo y de la motivación que este genera, busca soluciones a los problemas de aprendizaje y adaptación que presentan las personas afectadas por alguna discapacidad. Aumenta la motivación, estimula la afectividad, mejora la atención y concentración, estimula la sensibilidad táctil, visual, auditiva y olfativa, ayuda al aprendizaje pautado de acciones y aumenta la capacidad de independencia.
 
• Equitación adaptada: Dirigida a aquellas personas que practican la equitación como una opción lúdica o deportiva, pero que por su discapacidad precisan adaptaciones para acceder al caballo.
 
• Volteo terapéutico: Disciplina ecuestre que consiste en hacer ejercicios de gimnasia sobre el dorso del caballo, se monta solo con una manta y un cinchuelo con asas diseñado para ello.
 
• Equinoterapia social: Disciplina ecuestre que aprovecha la relación afectiva que se establece con el caballo, para ayudar a personas con problemas de adaptación social a superar sus conflictos y así integrarse de forma normalizada en la sociedad.(Pedro P. Gallego. 2.008).
 
Que además PROVIDA MADARIAGA podrá realizar programas escolares con la intención de concientizar y trabajar con niños desde las bases. Con el objetivo de enseñarles, por ejemplo, sobre la responsabilidad que implica tener una mascota en el hogar, entre otras cosas, debidamente identificada y vacunada, y sobre los beneficios de la castración a temprana edad. Asimismo, buscar sensibilizar a los niños sobre el maltrato animal con el objetivo de que las generaciones futuras se comprometan a ayudar a los animales indefensos; 
Que el predio le da a PROVIDA MADARIAGA la posibilidad de tener un sistema de puertas abiertas, donde poder recibir vecinos que deseen ser voluntarios continuos o por un día para ayudar con la sociabilización de nuestros amigos y de esta manera prepararlos para ser insertados en una familia; 

Que el sistema de puertas abiertas también logra que las personas salgan de los medios virtuales para pasar a la acción. Además el hecho de poder conocer personalmente al animalito que se está ayudando, o que se está difundiendo, genera una gran transparencia al saber que ese animal por el que se pide, existe y necesita ayuda;

Que de esta manera se podría concientizar a través de los rescates, a través de la fuerza de voluntad y a través de la adopción, trabajando desde las bases en la compasión y la solidaridad con cada ser necesitado, extendiendo así el círculo de la piedad a los humanos;
 
Que la cercanía del predio al Área de bromatología y zoonosis facilitara el trabajo en conjunto con las autoridades sanitarias municipales; 
Que si bien hay otro proyecto en el ámbito del Concejo Deliberante referido a este tema, consideramos que el presente brinda solución inmediata a la problemática planteada;

Que los legisladores debemos estar abiertos a los cambios que en la sociedad se van produciendo;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1: Otorgase en carácter de Comodato Precario a la Entidad de Bien Público PROVIDA MADARIAGA, domicilio social calle Saavedra n° 1424 de General Juan Madariaga, el predio denominado “Pista Hípica Municipal” designado catastralmente como Circ. II – Chacra 56 – Parc.1.-
 
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a firmar el Convenio con PROVIDA MADARIAGA, por el cual se le cede el uso por el plazo consecutivo de tres años con opción a dos años más.-
 
ARTICULO 3: Transfiérase a la institución el cuidado y mantenimiento de los bienes Municipales afectados.-
 
ARTICULO 4: Comprométase a PROVIDA MADARIAGA con el otorgamiento en comodato del predio, a  la obligación de brindar los espacios necesarios para llevar adelante terapias (equinoterapia- zooterapia) como las que se detallaron en los considerandos de la presente ordenanza.-
 
ARTICULO 5: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTCUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL CATORCE.-
 
Registrada bajo el nº 2265/14.-