Registrada bajo el nº 1882/09.-

  • 19/01/2009


General Juan Madariaga, 15 de enero de 2009.-

 

 

 

VISTO: Expte. del D.E. nº 2212/08 Interno 5534 ref. Convenio de cooperación y asistencia técnica (celulares); y

 

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 15 de enero de 2009;

Que, a través del Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Recíproca obrante a fs. 16/16 vta., las partes acuerdan adoptar un programa de amplia colaboración y asistencia técnica, elaboración y ejecución de proyectos, estudios sobre el espacio público y aéreo, por parte de la Universidad;

Que, a través del Protocolo Específico Complementario nro. 1 obrante a fs. 17/22 se prevé el relevamiento de la situación tributaria local y ejecución de los recursos municipales solo respecto a aquellos tributos que alcancen a antenas que apoyen sobre estructuras portantes con expresa mención a las siguientes: tasa por derecho de construcción, tasa por habilitación, tasa de seguridad e higiene y/o cualquier otro que en la actualidad o el futuro se relacione con el tema específico de antenas y sus estructuras de soporte;

Que, se prevé una retribución para la Universidad por las tareas que se establecen en un 48% sobre el incremento producido por lo recaudado por cada contribuyente;

Que, la duración del Convenio es de 3 años;

Que, se solicita la autorización al Cuerpo Legislativo Municipal;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica Recíproca y el Protocolo Específico Complementario nro. 1 entre la Universidad Tecnológica Nacional y la Municipalidad de General Juan Madariaga, obrante a fs. 16/22 del expediente nro. 2212/08.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires. Regístrese y archívese.-

 

 

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.-

 

Registrada bajo el nº 1882/09.-