Ordenanza 2287/14 ref. Consejo de Carnaval

  • 26/12/2014

General Juan Madariaga, 26 de diciembre de 2014.-

VISTO: Expte. Interno 6802 iniciado por el Secretario de Cultura, Presidentes Sociedades de Fomento, Representantes de la Agrupación Mascaritas “Los semillas de cariocas” y el Coordinador del Carnaval Popular de Gral. Madariaga, ref. proyecto de ordenanza “Consejo de Carnaval”; y

CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Acción Social fue aprobado por mayoría en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 26 de diciembre de 2014;

Que las expresiones culturales de carnaval en el partido de Madariaga han comenzado a desarrollarse hace, aproximadamente, unos 90 años;

Que el contenido cultural de las expresiones carnavaleras se ha afianzado en la memoria colectiva de nuestra comunidad y es parte de nuestra identidad cultural;

Que por diferentes motivos políticos y sociales las expresiones culturales del carnaval se vieron vapuleadas y amenazadas de extinción y ha quedado reducida, tanto en la práctica como en la posibilidad de acceso, a un sector de la minoría;

Que los problemas locales reafirman su derecho soberano a generar políticas y medidas de promoción y protección de la diversidad de las expresiones culturales, reconociendo la importancia de los instrumentos adoptados y las acciones emprendidas por parte de los estados que conforman la Organización de las Naciones Unidas para la educación, la ciencia y la cultura (UNESCO), a través de la “Declaración universal sobre la Diversidad Cultural” (2001) y la “convención sobre Promoción y Protección de la Diversidad de las Expresiones Culturales”, y la Organización de Estados Iberoamericanos para la educación, la ciencia y la cultura (OEI) a través de la “Carta Cultural Iberoamericana”;

Que las agrupaciones locales de carnaval denominadas “Mascaritas” (las cuales se encuentran en peligro de extinción) son reconocidas a nivel nacional por intelectuales y estudiosos de la historia del carnaval argentino, los cuales las definen como portadoras de identidad cultural iberoamericana, al encontrar similitud en los lenguajes utilizados por agrupaciones de carnaval procedentes de España;

Que la Secretaría de Cultura, Educación y Comunicación lleva adelante el proyecto “rescate, fomento y resguardo del carnaval popular de Madariaga” el cual se propone refundar el festejo del carnaval  popular de antaño;

Que la Secretaría de Cultura, Educación y Comunicación convoca a las sociedades de fomento de todos los barrios y a las agrupaciones de carnaval denominadas “Mascaritas” a reunirse periódicamente en pos de elaborar estrategias que favorezcan el mejor desarrollo de la organización general del festejo del carnaval, en un espacio de diálogo donde se compartan las experiencias y surjan nuevas ideas superadoras, teniendo en cuenta las voces de todos los sectores y actores culturales;

Que las reuniones se vienen realizando de manera periódica y sostenida desde el mes de abril, participando de las mismas las Sociedades de Fomento del B° Belgrano, B° Norte, el B° Quintanilla, el B° San Martín A, integrantes de la agrupación de Mascaritas “semillas de carioca”, el coordinador de la escuela municipal de bellas artes y el Gestor Cultural Demian Lavenas coordinador del carnaval Popular 2015;

Que de estas reuniones surgieron estrategias de fomento que ya se están implementando, entre las cuales destacamos, la promoción directa en los barrios y la conformación de grupos de murgas, que a través de la educación cultural se realizan talleres de murga en las instituciones mencionadas y en la casa del adolescente con los beneficiarios del plan envión;

Que los talleres de murga comenzaron a funcionar hace ya cuatro meses y han generado gran convocatoria, aceptación y participación  de niños, jóvenes y adultos de todos los barrios que ya se están preparando para el “Desfile de Carnaval”;

Que las actividades que se desarrollan a través de las murgas fomentan la participación de todas las familias de la comunidad, las murgas conjugan todas las expresiones artísticas en un quehacer en común, algunos tocan instrumentos, otros bailan, otros llevan fantasías, otros son personajes especiales, otros cantan, otros acompañan y organizan, otros llevan muñecos gigantes, otros realizan los vestuarios y entre todos hacen una murga, generando un espacio común para la creatividad, un espacio que contiene e incluye en un marco de respeto y tolerancia, de diálogo, reflexión y acción, un espacio multicultural e intercultural que propicia  la aceptación hacia otras culturas y desarrolla sentido de responsabilidad y compromiso social;

Que tiene valor turístico cultural regional el hecho de introducir en la agenda turística de la Región el festejo del “Carnaval Popular de Gral. Madariaga”, que tendrá lugar la segunda quincena de febrero y el turismo que visita las comunidades balnearias de Pinamar, Villa Gesell, Mar Azul y el partido de la costa pueden sentirse atraídos por la propuesta y generar economía de la cultura en escala y sustentable;

Que este proyecto contribuye a la promoción y protección de las expresiones culturales de carnaval de toda la Región, propiciando los medios y el marco festivo, logístico y de Infraestructura para el mejor desarrollo de proyectos educativos municipales, privados y de instituciones de fomento que trabajan en este sentido y encontraran en este festejo la cumbre de los objetivos por los cuales trabajan todo el año. En un marco de integración y cooperación cultural regional. A través de intercambio de artistas y actores culturales que puedan compartir su trabajo con nosotros y viceversa;

Que el ejercicio de la cultura, entendido  como una dimensión de la ciudadanía, es un elemento básico para la cohesión y la inclusión social y que general al mismo tiempo, confianza y autoestima no solo a los individuos sino también a las comunidades y naciones a las cuales pertenecen (declaración realizada en la Carta cultural Iberoamericana, Organización de Estados Iberoamericanos para la educación, la ciencia y la cultura (OEI), Montevideo – 2006);

Que a raíz de las reuniones y estrategias anteriormente mencionadas, llevadas delante de manera conjunta entre las instituciones, la sociedad civil y la secretaría de cultura, educación y comunicación, dimos cuenta de la importancia de reglamentar las actividades y el funcionamiento de este grupo con el objetivo de colaborar en el mejor desempeño y desarrollo del festejo del carnaval de antaño y generar el marco legislativo y normativo que asegure la continuidad en el tiempo de las expresiones culturales de Carnaval;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

ARTICULO 1°.- Créase la Comisión del Consejo de Carnaval en el partido de Gral. Madariaga.-

ARTICULO 2°.- El Consejo, creado en el artículo 1 tendrá por finalidad los siguientes objetivos generales:

  1. Refundar el Carnaval Popular de antaño.-
  2. Apoyar, proteger, fomentar y promover las diferentes actividades que integran el festejo del carnaval popular de Gral. Madariaga.-
  3. Proponer, aconsejar y asesorar a los organismos de gobierno en el desarrollo de las actividades y estrategias que se llevarán a cabo en torno al festejo del Carnaval.-
  4. Colaborar en la organización y realización de las actividades programadas.-
  5. Convocar a los responsables de las diversas áreas que integran el municipio, a los artistas privados y a las instituciones de educación artística para desarrollar estrategias y actividades en conjunto a los fines de lograr el mejor desempeño posible y la eficaz utilización de los recursos humanos y materiales.-
  6. Propiciar el estímulo de políticas culturales orientadas a la promoción y protección de las expresiones culturales del carnaval, a efectos de asegurar la continuidad en el tiempo y su progreso.-
  7. Impulsar la creación de normas y marcos legales que estimulen el desarrollo cultural en general.-
  8. Propiciar la difusión y promoción cultural del carnaval a través de las distintas instituciones de fomento e instituciones educativas.-
  9.  Propiciar la creación del fondo municipal de Carnaval.
  10. Elaborar cada año un diagnóstico de lo realizado, efectuando un relevamiento de datos referidos a decisiones tomadas anteriormente (convenios, ordenanzas, cartas de intención, etc.) para que se revisen, rescaten, actualicen y sean consideradas en su vigencia o caducidad.
  11. Comparar  las experiencias recientes.
  12. Realizar un relevamiento de los creadores, actores, espacios culturales, instituciones, etc. , que trabajan o quieren trabajar en este sentido.
  13. En base al diagnóstico elaborar nuevas propuestas y estrategias teniendo en cuenta, como foco principal, las dinámicas sociales y las necesidades culturales de nuestra comunidad.-

ARTICULO 3°.- El Consejo de Carnaval tendrá como objetivos específicos:

  1. Elaborar junto a la secretaría de cultura, educación y comunicación el reglamento del “Desfile de Carnaval”.-
  2. Realizar reuniones con los responsables de las diversas áreas municipales y actores culturales de la comunidad, tendientes a elaborar estrategias para el mejor desarrollo del “Desfile de Carnaval”.-
  3. Propiciar la creación de normativas y el marco legislativo necesario para asegurar la protección y el resguardo de las expresiones culturales de carnaval de Gral. Madariaga.-
  4. Promover la educación cultural de las expresiones artísticas de carnaval.
  5. Estimular el turismo cultural en torno al festejo del carnaval.
  6. Propiciar el marco de cooperación cultural regional y el intercambio de actores y artistas.-

ARTICULO 4°.- La comisión del Consejo de Carnaval será la responsable de crear el reglamento interno que regule su funcionamiento.-

  1. Dos integrantes de la Secretaría de Cultura, Educación y Comunicación.
  2. Dos integrantes de las Sociedades de Fomento.-
  3. Dos representantes de la agrupación de “Mascaritas” denominada “Semillas de Carioca”.-
  4. Dos Concejales integrantes de la Comisión de Eventos y Festejos del Honorable Concejo Deliberante  de Gral. Madariaga.-
  5. Un Secretario designado por la Municipalidad a través del área del cultura, educación y comunicación.-
  6. Podrán integrarse otras instituciones, agentes o actores culturales de la sociedad civil, ya sea artista, educador, agrupación  de carnaval, etc, que el consejo de carnaval o el gobierno municipal recomiende, previa aprobación  por consenso  total de las partes.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese a las Sociedades de Fomento, y a representantes de “Semillas de Carioca”.-

ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archivese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL CATORCE.-

Registrada bajo el n° 2287/14.-