Ordenanza 2308/15 ref. Área de la Juventud en conjunto con la DGCyE - Mural

  • 26/11/2015

General Madariaga, 10 de Septiembre de 2015

VISTO el expediente del D.E. Nº 2431/15, Interno 6961 iniciado por el Área de la Juventud Municipal donde solicita la posibilidad de utilizar el paredón lindero al estadio municipal Francisco S. Alcuaz sobre la calle Saavedra junto a la Jefatura Distrital dependiente de la DGCyE, con motivo de implementar actividades de pintura mural por parte de los jardines de Infantes de la localidad, en conmemoración a los 60 años de la implementación del nivel de Educación Inicial en Madariaga, y

CONSIDERANDO:

                                 Que, el despacho en mayoría de la comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones y por unanimidad de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado en la Sesión Ordinaria del pasado 10 de septiembre de 2015.

                                   Qué el arte mural ya es parte integrante de la comunidad de Madariaga en sus diferentes ámbitos, y una forma de comunicación muy difundida en la cultura juvenil e infantil;

                                    Qué las instituciones de Educación Inicial vienen realizando una tarea sistemática de capacitación y desarrollo de la expresión visual por medio de los murales en docentes y niños;

                                    Qué consideramos de suma importancia la expresión y comunicación de los mensajes de nuestra infancia en los espacios urbanos de la localidad, para revalorizar esos ámbitos, embellecerlos e identificarse con ellos;

                                   Qué se convocó desde la Jefatura Distrital a especialistas que desarrollaran las técnicas de muralismo para que docentes y niños madariaguenses aprendan este arte;

                                    Qué se considera de suma importancia reconocer los valores y la trayectoria que la educación inicial tiene en la formación de nuestra infancia y fortalecer los lazos institucionales

                         

              Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA   

ARTICULO 1º.  Autorícese al Área de la Juventud en conjunto con la DGCyE a través de la Jefatura Distrital, a partir de la sanción de la presente ordenanza la utilización del paredón lindero del estadio municipal “Francisco S. Alcuaz” sito en la calle Saavedra, entre Martínez Ituño y Uruguay, para la realización de los murales artísticos con jardines de infantes.

ARTICULO 2º. Declárese de interés recreativo pedagógico esta actividad enmarcada dentro las actividades promocionadas para la juventud y la infancia, con motivo de acercar a los jóvenes y niños de Madariaga el conocimiento de las técnicas y formas de expresión del arte, y de conmemorar los 60 años de Educación Inicial en nuestra localidad.

ARTICULO 3º. Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires. Regístrese y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE.

Registrada bajo el N° 2308/15