Ordenanza 2317/15 ref. Cambio de titularidad Terreno Plan Familia Propietaria

  • 26/11/2015

General Juan Madariaga, 22 de octubre de 2015.

VISTO: El Expte.  N° 2764/15, Interno 6980 referente a  Terrenos Plan Familia Propietaria Motivo. Cambio de titularidad Terreno Plan Familia Propietaria (Romina Cañete), y

CONSIDERANDO:

                                          Que, el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado en la Sesión Ordinaria del pasado 22 de octubre de 2015.

Que la Municipalidad adquiere un predio en el marco del Programa denominado “Plan Familia Propietaria”, designado por su Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc. C, Qta. 108, Partida N° 874;

Que el Lote 10 de la Manzana 108c, surgido del Plano de Mensura y División Aprobado por la Dirección de Geodesia bajo el N° 39-22-99, fue vendido a la Sra. Marta Gladis Basualdo, D.N.I.  25.686.036, según Boleto de Compraventa a fs. 2;

Que la beneficiara Marta Gladis Basualdo, en virtud de la cláusula 8 del boleto de compra - venta, suscripto con la Municipalidad podrá transferir dicho boleto transcurrido el plazo de 5 años;

Que a fs. 4, la beneficiaria cedió sus derechos y acciones a favor de la Sra. Romina Cañete,  a través de Cesión de  Boleto de Compraventa suscripto con fecha 2 de Diciembre de 2014;

Que la Sra. Romina Cañete, se  ha presentado en éste Municipio manifestando su inquietud e intenciones de gestionar un crédito para la construcción de su vivienda, a través del Programa PRO.CRE.AR;

Que a fs. 8 se acredita que la beneficiaria original, no registra deuda por la adquisición de dichos lotes;

Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

ARTICULO .- Autorízase al D.E. a suscribir la escritura traslativa de dominio del terreno otorgado mediante el Plan Familia Propietaria, Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc. C, Manz. 108 c, Parc. 10,   a favor de  Romina Cañete, D.N.I. 28.297.580,  en el marco del Programa Crédito

Argentino del Bicentenario para vivienda única familiar (PRO.CRE.AR).-

ARTICULO . Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia de Buenos Aires. Regístrese y Archívese. .-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL QUINCE.

Registrada bajo el N° 2317/15